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Directiva (UE) 2022/2555 · NIS2

NIS2: saber si te afecta y cumplir sin empezar de cero

La Directiva NIS2 amplía la ciberseguridad obligatoria a miles de empresas y entidades de sectores críticos, hace responsable a la dirección y alcanza también a sus proveedores. Te ayudamos a saber qué te exige y a cumplirlo aprovechando lo que ya tienes.

18

sectores incluidos, entre los de alta criticidad y los otros sectores críticos.

10

medidas mínimas de gestión de riesgos que exige el artículo 21.

24 h

para enviar la alerta temprana de un incidente significativo.

10 M€

o el 2 % de la facturación mundial: sanción máxima para las entidades esenciales.

A quién aplica

Tres formas de estar dentro de NIS2

Entidades esenciales

Grandes empresas de los sectores de alta criticidad y, sea cual sea su tamaño, servicios como DNS, dominios de primer nivel o servicios de confianza cualificados. Supervisión previa y sanciones de hasta 10 M€ o el 2 % de la facturación.

Entidades importantes

Medianas y grandes empresas del resto de sectores incluidos, y medianas de los de alta criticidad. Supervisión a posteriori y sanciones de hasta 7 M€ o el 1,4 % de la facturación.

Proveedores

Las entidades obligadas deben gestionar la seguridad de su cadena de suministro, así que trasladan requisitos a sus proveedores por contrato. Es la vía por la que NIS2 llega a muchas pymes.

Comprobación rápida

¿Me afecta NIS2?

La Directiva combina dos criterios: el sector en el que operas y el tamaño de tu organización. Algunos servicios entran siempre, y muchas pymes quedan afectadas de forma indirecta a través de sus clientes.

SectorAlta criticidad: energía, transporte, banca, mercados financieros, salud, agua, infraestructura digital, servicios TIC gestionados, administración pública o espacio. Otros críticos: postal, residuos, química, alimentación, fabricación, proveedores digitales o investigación.

TamañoPequeña: menos de 50 personas y hasta 10 M€ de facturación. Mediana: menos de 250 y hasta 50 M€. Grande: por encima de esos umbrales.

Servicio especialProveedor de DNS, registro de dominios de primer nivel, servicios de confianza cualificados o redes y servicios de comunicaciones electrónicas públicas.

Proveedor de una entidad afectadaPrestas servicios TIC, software, mantenimiento o suministros a una empresa o entidad que sí está dentro de NIS2.

Resultado orientativo

Fuera del ámbito

Con estos datos, NIS2 no te obliga directamente. Aun así, sus medidas son una buena referencia de lo que hoy se considera una seguridad razonable.

Comprobar mi caso →

Simplificación de los artículos 2 y 3 de la Directiva (UE) 2022/2555. La autoridad puede designar entidades por su criticidad y la ley española concreta el detalle; lo confirmamos en el análisis de aplicabilidad.

Artículo 21

Las diez medidas mínimas

La Directiva no impone una norma concreta, sino un enfoque basado en el riesgo y proporcionado. Estas son las medidas que debe cubrir, como mínimo, cualquier entidad obligada.

  1. Análisis de riesgos y políticas de seguridad de los sistemas de información.
  2. Gestión de incidentes detección, respuesta y notificación en plazo.
  3. Continuidad copias de seguridad, recuperación ante desastres y gestión de crisis.
  4. Cadena de suministro seguridad en la relación con proveedores y prestadores de servicios.
  5. Desarrollo y mantenimiento seguros incluida la gestión y divulgación de vulnerabilidades.
  6. Evaluación de la eficacia políticas y procedimientos para medir si las medidas funcionan.
  7. Ciberhigiene y formación prácticas básicas y formación en ciberseguridad para toda la plantilla.
  8. Criptografía y, cuando proceda, cifrado de la información.
  9. Personas, accesos y activos seguridad de los recursos humanos, control de acceso e inventario de activos.
  10. Autenticación multifactor y comunicaciones seguras de voz, vídeo, texto y de emergencia.

¿Ya tienes ISO/IEC 27001 o el ENS? Cubren buena parte de estas medidas. El trabajo consiste en identificar las diferencias, no en rehacer el sistema.

Responsabilidad de la dirección

La ciberseguridad ya es un asunto del consejo

NIS2 deja claro que la seguridad no se delega por completo en el departamento técnico.

  • Aprobar y supervisar. Los órganos de dirección deben aprobar las medidas de gestión de riesgos y supervisar su aplicación.
  • Responder del incumplimiento. La Directiva prevé que puedan ser considerados responsables, y en las entidades esenciales contempla incluso la suspensión temporal de funciones directivas.
  • Formarse. Sus miembros deben recibir formación para identificar los riesgos y valorar las prácticas de gestión. La impartimos en formato ejecutivo, adaptada al sector.
  • Notificar a tiempo. Alerta temprana en 24 horas, notificación en 72 horas e informe final en un mes. Lo explicamos en el reloj de las notificaciones.

Cómo trabajamos

De la duda a un plan de adecuación

  1. Aplicabilidad

    Confirmamos si estás dentro, como entidad esencial o importante, o si te afecta como proveedor.

  2. Análisis GAP

    Comparamos tu situación con las medidas del artículo 21, reutilizando ISO 27001, ENS o los controles que ya tengas.

  3. Plan y gobierno

    Plan priorizado, roles, procedimiento de notificación y formación de la dirección.

  4. Evidencias

    Implantación, documentación proporcionada y preparación para la supervisión de la autoridad.

Análisis de aplicabilidad sin compromiso

¿Te afecta NIS2, o te lo están pidiendo tus clientes?

Te decimos si estás dentro, en qué categoría y qué te falta respecto a las medidas exigidas, con un plan proporcionado a tu tamaño.

  • Entidad esencial
  • Entidad importante
  • Proveedor TIC
  • Requisito de un cliente
  • Ya tengo ISO 27001
  • Ya tengo ENS
Comprobar si me afecta →

Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos

¿Está ya en vigor NIS2 en España?

La Directiva es de aplicación en la Unión Europea desde octubre de 2024, y cada Estado debe trasladarla a su legislación. En España, esa transposición se tramita como Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad. En cada proyecto te confirmamos el estado de la normativa aplicable y las autoridades competentes.

Soy una pyme, ¿me afecta?

Directamente, en general no: la Directiva se dirige a medianas y grandes empresas, salvo servicios concretos como DNS o servicios de confianza. Pero si eres proveedor de una entidad obligada, es muy probable que te pida por contrato medidas de seguridad, evidencias o auditorías.

Con ISO 27001, ¿ya cumplo NIS2?

No automáticamente, pero tienes buena parte del camino hecho. ISO 27001 cubre la mayoría de las medidas del artículo 21; faltan sobre todo aspectos como los plazos de notificación, la responsabilidad y formación de la dirección o requisitos específicos de la cadena de suministro.

¿Hay que registrarse en algún sitio?

Sí. Las entidades obligadas deben facilitar sus datos a la autoridad competente para que los Estados elaboren la lista de entidades esenciales e importantes. Los detalles y el canal los fija la normativa nacional.

¿Qué relación tiene con el ENS?

Son marcos distintos que se solapan. El ENS sigue siendo obligatorio para el sector público y sus proveedores, y quien ya lo cumple tiene adelantada gran parte de las medidas de NIS2.

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Contacto

Comprueba si te afecta NIS2

Cuéntanos el sector, el tamaño aproximado de tu organización y si algún cliente te está pidiendo requisitos de seguridad. Te diremos si estás dentro, en qué categoría y por dónde empezar.

¿Prefieres el correo?info@afsinformatica.com Si un cliente te ha enviado un cuestionario o una cláusula de seguridad, menciónalo en el asunto del mensaje.